martes, 30 de junio de 2009

INVITACIÓN


El que el próximo miércoles 1 de julio a las 19,30 horas se presentará el libro


"Un Siglo con Allende".


El acto se realizará en el Ateneo de Madrid, c/. Prado 21, sala de conferencias

(metros Atocha y Banco de España).


La presentación estará a cargo del Embajador de Chile en España, D. Gonzalo Martner, el diputado español D. José Luis Abalos y por D. Edison Ortiz, Director de la Universidad Internacional de Verano de Rancagua y responsable de la publicación.


POR UNA CARTA DE DERECHOS DE CIUDADANÍA
EN LA COMUNIDAD DE MADRID

ACTO DE PRESENTACIÓN

Día: Jueves 2 de julio Hora: 19h. Lugar: Salón de Actos Fundación Abogados de Atocha
C/ Sebastián Herrera 12,14 (Madrid)

FORO SOCIAL DE MADRID

IGUALDAD SERVICIOS PÚBLICOS SOSTENIBILIDAD

MEMORIA DEMOCRÁTICA RENTA BÁSICA LAICIDAD

DEPENDENCIA EDUCACIÓN

sábado, 13 de junio de 2009



CONCENTRACIÓN JUEVES 12 DE JUNIO
EMBAJADA DE PERÚ
PRÍNCIPE DE VERGARA, 36
De 12,00 a 13,00

jueves, 11 de junio de 2009

Candidato a la presidencia de Chile, Jorge Arrate condena genocidio indígena en Perú

autor Colaboradores
jueves, 11 de junio de 2009

El candidato presidencial de la izquierda, Jorge Arrate, consideró que lo sucedido en estos días en Perú amazónico, donde más de 30 personas fueron masacradas por defender sus tierras y otras 60, al menos, están desaparecidas, lo que generó una verdadera crisis en el Gobierno de Alan García, "debe hacernos reflexionar sobre las consecuencias de militarizar zonas indígenas sin privilegiar el diálogo y el respeto cultural".


“No es tolerable a estas alturas de la humanidad que los pueblos aborígenes sean masacrados por defender sus tierras, y tampoco que pretendan rodear con silencio la actuación de las fuerzas de seguridad, ni en Perú, ni en Chile, ni en lugar alguno del mundo llamado civilizado”, señaló Arrate al comentar lo sucedido en la región amazónica de Bagua.

Los violentos hechos del Perú han redundado en la renuncia de la ministra de la Mujer de ese país, Carmen Vildoso, precisamente en protesta contra el manejo de la autoridad frente al conflicto, mientras, los representantes de los pueblos indígenas de esa nación han remarcado la necesidad de una renuncia masiva del gabinete.

La encargada del área legal de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) del Perú, Gloria Canos, ha dicho: "es la incapacidad del gobierno, de poder dialogar, su terquedad, el no querer asumir el diálogo abierto con los pueblos indígenas, lo que ha llevado el problema a estos niveles". Parra Arrate, "estas son palabras que debieran recoger los gobiernos del mundo y obviamente, de Chile, donde sabemos que la violencia y la represión, no conducen a buen camino".

"Criminalizar a los pueblos originarios, es una pésima política, irrespetuosa e infructuosa", dijo Arrate, al comentar los hechos de Bagua donde el gobierno peruano ordenó a sus tropas abrir fuego contra los indígenas amazónicos, defendiendo con ello a empresas mineras, exactamente el 5 de junio, cuando Naciones Unidas celebra el Día Mundial del Ambiente”, dijo el candidato presidencial..

Más de 30 indígenas y nueve policías murieron cuando las fuerzas de seguridad atacaron por tierra y aire a los manifestantes que bloqueaban una carretera en la localidad de Bagua, en la Amazonía peruana. Numerosas organizaciones internacionales, así como la central de trabajadores y la conferencia episcopal del Perú han pedido al presidente Alan García que retire las tropas de las zonas indígenas.

Los indígenas rechazan la emisión de nueve decretos emitidos por García en cumplimiento de las exigencias del tratado de libre comercio con Estados Unidos, que violan los tratados internacionales ratificados por el Perú.

“Los tratados internacionales reconocen los derechos no sólo culturales, sino también territoriales de los pueblos originarios. No se pueden tomar decisiones económicas sobre zonas indígenas ignorando esos derechos”, destacó Arrate.

“El gobierno peruano tiene el deber de propiciar una investigación independiente, con supervisión internacional, de los hechos de sangre en Bagua”, agregó.

PROGRAMA DE ARRATE

El candidato recordó que en su programa presidencial se establece el reconocimiento pleno de los derechos territoriales, económicos, políticos y culturales de los pueblos originarios sobre sus tierras ancestrales.

"Promoveremos con firmeza la diversidad cultural y la participación colectiva para desafiar el individualismo dominante y terminar con la hegemonía de un solo pensamiento en el país", plantea el quinto compromiso del candidato de la izquierda.

Igualmente, entre sus 21 medidas para el primer año de gobierno figura: "desmilitarizar la Araucanía".

"En Chile debemos actuar en coherencia con la defensa de los derechos humanos", sentenció Arrate, al referirse a los hechos del Perú, donde mañana jueves se espera una masiva movilización nacional indigenista, de carácter indefinido.

El Clarín.cl

miércoles, 10 de junio de 2009

Comunicado Organizaciones Madrid

RECLAMAMOS EL CESE INMEDIATO DE LA VIOLENCIA DEL GOBIERNO PERUANO CONTRA LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE NUESTRA AMAZONIA Y EL RESPECTO DE SUS DERECHOS


ANTE LOS HECHOS OCURRIDOS EL DÍA 5 DE JUNIO EN LAS CIUDADES DE BAGUA Y JAEN, MANIFESTAMOS:

1.- El Perú vive horas trágicas desde la madrugada del 5 de Junio. Decenas de peruanos han perdido la vida, al menos 26 policías y 30 indígenas, y se habla de más de 30 detenidos y 300 heridos/as y desaparecidos/as, siendo preocupante la situación de los y las menores de edad y producto de enfrentamientos iniciados con la violenta operación de desbloqueo de la carretera Fernando Belaunde Terry, en la zona de la Curva del Diablo (Bagua, Amazonas) a cargo de fuerzas combinadas de la policía y el ejercito contra los pueblos Awajum y Wampis del Alto Marañón en Perú. LA MASACRE PUDO SER EVITADA, NUNCA DEBIO PRODUCIRSE

2.- Esta situación no es de ahora. En junio de 2008, al amparo de Ley 2915; el Congreso de la República, delegó facultades al Poder Ejecutivo para emitir una serie de decretos legislativos que facilitaran la “promoción” comercial entre el Perú y EUA (Tratado de Libre Comercio). Esta potestad legislativa dio a luz (o mejor dicho malparió) 7 Decretos Legislativos que afectan directamente los derechos humanos reconocidos en el Convenio 169 de la OIT de obligatorio cumplimiento por parte del Estado Peruano; del cual es signatario. Se iniciaron entonces las justificadas protestas en la Amazonía exigiendo la derogatoria de los decretos legislativos; así como el pedido de diálogo con las autoridades del gobierno y el poder legislativo.

3.- Ha pasado casi un año desde el inicio del conflicto, agudizado en los últimos dos meses debido a la escasa apertura de las autoridades peruanas. Un día antes de los sucesos trágicos, el Congreso de la Republica, en un abierto acto de provocación, decidió postergar nuevamente el debate de la derogatoria de los decretos legislativos pro TLC. El día 9 de abril de 2009, las organizaciones indígenas iniciaron un paro nacional exigiendo la derogatoria de los decretos legislativos (emitidos en aplicación de la Ley 29157) sobre la Amazonia DL. 1090 y el 1064, contra la cual la Defensoría del Pueblo presento una demanda de inconstitucionalidad porque vulnera el derecho de los nativos a ser consultados sobre aquellos que los afecte.

4.- Las medidas legislativas dictadas por gobierno, y que el Congreso se niega hasta hoy a revisar y derogar, comportan una negativa al reconocimiento del igual valor y dignidad que los Pueblos Indígenas del Perú poseen al igual que la de los otros pueblos que conformamos Perú, como parte del carácter pluriétnico y plurinacional de un país en el que todos sus pueblos integrantes deben ser considerados iguales. Niegan, asimismo, su derecho a ejercer su identidad (entendida como el uso de su idioma, nombres, toponimias, cultura y religión), sino sus formas propias de desarrollo, crecimiento y transformación.

5.- Ese territorio se encuentra hoy afectado y reducido por la creciente e irracional explotación de recursos como el oro, la madera, el petróleo y el gas que, se lleva a cabo sin respeto en las áreas que dichas comunidades protegen bajo un modelo de conservación cuyo objeto es asegurar la estabilidad de tierras y bosques y mantener la calidad y cantidad de agua, el equilibrio ecológico y un ambiente adecuado para su desarrollo. Muchas de estas explotaciones corresponden a áreas entregadas en concesión por el gobierno peruano a empresas transnacionales, que no solo se superponen a estos territorios, ignorando los derechos de las comunidades nativas encargadas de su gestión, y sin que se haya evaluado su compatibilidad con las áreas protegidas y cómo afectan a su conservación.

6.- El gobierno del Sr. Alan García Pérez no solamente culpa a los indígenas de esta masacre, sino que también les achaca la responsabilidad de poner trabas al desarrollo y añade que cuatrocientos mil indígenas no son más que 28 millones de peruanos, exacerbando así los ánimos de la población contra las comunidades nativas de la selva que lo único que han tratado de hacer es defender sus derechos, a la sazón, reconocidos por el Estado peruano al haber ratificado el convenio 169 de la OIT por lo que se convierte en una norma del derecho peruano, cuyo rango es superior al de las leyes y cercano al de la Constitución. Si, el lunes 8 de junio el poder judicial ha dictado orden de captura contra Alberto Pizango (AIDESEP) por considerarlo responsable de los hechos de violencia de los últimos días, qué órgano competente es capaz de ordenar la captura de García como responsable de todo este conflicto.

7- Por último, recoger el esfuerzo realizado por las mujeres, compañeras indígenas, que no cesan en su lucha diaria empeñadas en superar las muchas dificultades, a pesar de estar permanentemente en situación precaria y en total desamparo, están ayudando a transformar la situación con un alto riesgo y con cero recursos.
En la I Cumbre Continental de Mujeres Indígenas, celebrada en Puno, Perú, día 27 de mayo del 2009, donde se han encontrado más de 2000 mujeres: indígenas, autoridades de todos los rincones del Continente y del Mundo, con el objetivo de generar un espacio de encuentro de las mujeres de esta condición en defensa y ejercicio de sus derechos, manteniendo la unidad, la equidad , la igualdad y la reciprocidad en las diferentes estancias internas y externas que garanticen el presente, el futuro y el fortalecimiento de la de los derechos de sus pueblos y la construcción del poder y la conquista una vida mejor.

Daysi Zapata, Lideresa de la etnia de los Yine (Atalaya) asumió la presidencia de AIDESEP. Dice “que bases de todas las regiones se preparan para la movilización del próximo día 11, y declara”:

“Hemos estado abiertos al diálogo, pero los hermanos (nativos) nos insisten en que hasta el final pidamos la derogatoria del DL 1090 porque ya se dio el tiempo necesario para que la Comisión Multipartidaria analice y evalúe, y no pueden estar meciéndonos.”
“Hasta este momento, día 9, se contabilizan 300 hermanos muertos. ¿Pero dónde están sus restos? Como han declarado toque de queda no han encontrado a sus muertos. Dicen que (la policía.) ha recogido a los nativos muertos, los han colocado en bolsas y los han tirado al río. Y a otros los incineraron.”

ANTE ESTOS HECHOS:

• Hacemos un llamado al gobierno peruano para que ponga fin al estado de sitio y cese de violencia contra nuestros hermanos en la Amazonía. El cese a las agresiones sistemáticas que se vienen dando contra AIDESEP y sus dirigentes

• Respaldamos que la Conferencia Episcopal y la Defensoría del Pueblo - en Perú- asuman la negociación para el dialogo y la paz.

• Exigimos la investigación por parte de los tribunales internacionales para que se determinen responsabilidades, se procese y se condene al gobierno peruano como responsable de éste acto de genocidio que ha costado la vida de numerosos nativos y cientos de heridos de bala incluyendo a mujeres, niños y ancianos que fueron sorprendidos por las ráfagas disparados desde los helicópteros.

• Hacemos un llamado a la solidaridad internacional para defender la Amazonía, considerando que es patrimonio y pulmón de toda la humanidad a rechazar la privatización y venta de millones de hectáreas del bosque amazónico a grandes empresas transnacionales ya que esto significará dar luz verde a la depredación maderera, minera y a la contaminación del agua existente en la amazonía, causará daños ecológico irreversibles y contribuirá al rápido proceso de contaminación ambiental y al calentamiento global.

• Nos sumamos a las demandas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú, de la Defensoría del Pueblo de Perú, la Conferencia Episcopal Peruana, Frente Comunitario por la vida y la soberanía en Perú; la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas – CAOI-; el Foro Permanente para las cuestiones Indígenas de la ONU, Amnistía Internacional entre otros

• Convocamos a una Concentración el jueves 11 de junio a las 12.00 frente a la Embajada del Perú en Madrid, sito en la calle Príncipe de Vergara nº 36


Coordinadora de solidaridad por la vida y la soberanía en la Amazonia Peruana.

CONCENTRACIÓN JUEVES 12 DE JUNIO
EMBAJADA DE PERÚ
PRÍNCIPE DE VERGARA, 36
De 12,00 a 13,00

martes, 9 de junio de 2009

Comunicado de Prensa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

COMUNICADO DE PRENSA

No. 35/09

LA CIDH CONDENA HECHOS DE VIOLENCIA EN PERÚ


Washington, D.C., 8 de junio de 2009 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena enérgicamente los graves hechos de violencia que tuvieron lugar el 5 de junio en Bagua, en el norte de Perú, que habrían ocasionado la muerte de varias personas.


Según la información recibida, por lo menos 30 personas habrían muerto y otras habrían resultado heridas, incluyendo líderes indígenas y miembros de las fuerzas de seguridad, como resultado de un operativo de la Policía Nacional del Perú para dispersar el bloqueo que grupos indígenas mantenían en la carretera de acceso a la ciudad de Bagua. El acto de protesta había sido organizado por pueblos indígenas de la Amazonía peruana tras la adopción de decretos legislativos que afectarían el derecho de propiedad sobre sus tierras y territorios. La Comisión Interamericana recuerda al Estado su obligación de esclarecer judicialmente estos hechos de violencia y reparar sus consecuencias.


La información recibida señala que los centros de atención a la salud en Bagua no estarían capacitados para brindar asistencia a la gran cantidad de indígenas que resultaron heridos. La CIDH llama al Estado peruano a adoptar las medidas necesarias para garantizar el acceso a servicios de salud a todos los heridos.


La CIDH hace un llamado a las partes a promover un proceso de diálogo para la búsqueda de una solución que respete los derechos humanos. Cabe resaltar la importancia de adoptar mecanismos para evitar el uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes públicos en marchas y manifestaciones de protesta. Como ha manifestado la CIDH: “La criminalización de la legítima movilización y protesta social, sea a través de represión directa a los manifestantes, o a través de investigación y proceso criminal, es incompatible con una sociedad democrática donde las personas tienen el derecho de manifestar su opinión”.


Por último, la CIDH ha tomado conocimiento que el 9 de mayo el Gobierno declaró el estado de sitio. La Comisión desea recordar que el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Opinión Consultiva 9/87 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos enumeran los derechos que no pueden ser suspendidos, entre otros, el derecho a la vida, a la integridad personal y a las garantías judiciales indispensables para la protección de estos derechos. En vista de la información recibida según la cual varias personas habrían sido detenidas durante los incidentes sin que se informara sobre su identidad o su paradero, la CIDH llama al Estado peruano a respetar su derecho a la integridad personal y a las garantías judiciales.


La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.

…LO QUE NO PODRAN NEGAR…

Lo que vieron y lloraron nuestros ojos, lo que escucharon nuestros oídos, …lo que fuimos capaces de sentir en lo más profundo de nuestro ser, no lo puede negar la desinformación, la distorsión informativa y el servilismo al gobierno de turno.
Durante el desalojo del viernes 5 de junio en la curva del diablo y sector la balanza lugares ubicados entre los caseríos de siempreviva y el reposo, distrito de el milagro, provincia de Utcubamba, región Amazonas -léase Utcubamba y no Bagua como lo vienen difundiendo en muchos de los grandes medios de información- se ha producido un genocidio al estilo mucho más grave de lo ocurrido en la última guerra de agresión del sionismo israelí con apoyo usa yanqui contra el pueblo palestino…lo comentamos así:

La operación de desalojo de los indígenas apostados en la carretera Fernando Belaunde entre los sectores la curva del diablo y la balanza se inició -según muchos testimonios de indígenas sobrevivientes- aproximadamente las 5. 00 a.m. con ataque terrestre por parte de personal policial de la DINOES apoyado por helicópteros artillados que ametrallaban y lanzaban bombas lacrimógenas desde lo alto, eso era un verdadero combate militar que era resistido por las piedras, palos y lanzas de los indígenas…luego del retroceso indígena quedó el terreno con un reguero de cadáveres y heridos, quien sabe cien o doscientos…los efectivos policiales quedaron como dueños absolutos de la carretera y zona aledañas, donde habían estado apostados los miles de indígenas…

…Mientras la gran mayoría de indígenas avanzaban en su retiro por la carretera hacia el caserío el reposo, los helicópteros varias veces bajaban a tierra y luego levantaban vuelo de la zona de confrontación, lo que nos hace presumir que muchos de los cadáveres fueron llevados para ser arrojados al río Marañón y otros lugares inhóspitos al puro estilo de los años de la guerra sucia en el alto Huallaga.

…Además, los cuerpos de las fotografías del archivo adjunto, muestran quemaduras, ello es una prueba que habría empleado artefactos como lanzallamas, haciendo posible la incineración de muchos cadáveres, ciudadanos(as) que han ido al lugar de los hechos en últimos días dan fe de que hay áreas donde se observan rastros de incineración de restos producido durante muchas horas…

…Cuando la patria estuvo en peligro se llamó a los “yachis” o guías, los verdaderos héroes, expertos hombres indígenas wampis y awajun que fueron los que condujeron a los contingentes militares mestizos peruanos entre la espesura de las selvas del Cenepa y la cordillera del Cóndor en la guerra no declarada con el ecuador en 1995…¡a ellos los han asesinado, incinerado o desaparecido en la curva del diablo defendiendo la causa máxima de toda la humanidad: nuestra patria y el medio ambiente!…ahora los wampis y awajun han sido declarados “terroristas” enemigos de la patria y quien sabe…de la curva del diablo ni sus cadáveres serán recuperados para cumplir con darle la despedida final como ex-combatientes y patriotas que nos defendieron del invasor extranjero,…ironías de un gobierno y de una clase dominante como la actual, cuyos intereses aliados con los de las transnacionales han provocado la tragedia que enluta a todo el pueblo peruano poniendo a las fuerzas policiales y armadas que son hijos del pueblo a masacrar a su propios hermanos con el fin de concretarse el tlc con usa y por tanto, la privatización de los recursos naturales en provecho de las multinacionales.

…Hasta hoy domingo 7 de junio, la policía seguía ubicada en lo alto de la colina de la curva del diablo, de donde se tiene un amplio dominio de visibilidad de los territorios de los caseríos de siempreviva y el reposo, pues son campos de monte espinoso bajo y ralo, no se permite el ingreso para buscar cuerpos de asesinados o sobrevivientes heridos…ni la fiscalía u organismo estatal afín a la fecha ha realizado trabajos para recuperar los cuerpos de los asesinados y de los posibles sobrevivientes,…así, el tiempo transcurrido es más que suficiente para que los agentes represivos hayan efectuado tantas acciones que darían como resultado borrar las pruebas o huellas del etnocidio cometido contra de las poblaciones indígenas y mestizas que venían protestando para que se atienda sus reclamos que tienen el amparo constitucional e internacional sustentado en convenios como el convenio 169 de la OIT.

..en el tiempo no hay duda que ocurrida lo que podemos leer en la trascripción siguiente: (…). No creas que lanzando sus cuerpos al río vas a desaparecer tu crimen, desde las profundidades del río sus espíritus clamarán Justicia.

Fredesvindo Rojas Vásquez
Consejo Consultivo Federación Regional De Rondas Campesinas De Amazonas-Perú
Mas información sobre la situación en Perú en:

http://sodepaz.es/index.php?option=com_content&task=view&id=983&Itemid=15

PRONUNCIAMIENTO DE LOS OBISPOS DE LA AMAZONÍA ANTE EL PARO DE LOS PUEBLOS AMAZÓNICOS

Como Pastores de las comunidades católicas en la Amazonía queremos dirigirnos a la opinión pública para expresar nuestra posición ante el paro de los pueblos amazónicos.
1. La región amazónica es rica en culturas milenarias y en biodiversidad. Ella es fuente de vida y esperanza para la humanidad. Por eso la consideramos uno de los mejores regalos de Dios porque el Perú es uno de los ocho países mega-diversos del planeta. La Amazonía tiene 31 de las 114 zonas de vida o ecosistemas mundiales, 95 % de los bosques del País y un importante potencial de recurso hídrico e hidroenergético. Este hecho nos exige a todos los peruanos y peruanas la responsabilidad de “cultivar la tierra y cuidarla” (Gén. 2) para bien nuestro y de las generaciones futuras.
2. Por eso como anunciadores “de la vida, queremos insistir que, en las intervenciones sobre los recursos naturales, no predominen los intereses de grupos que arrasan irracionalmente las fuentes de la vida, en perjuicio de naciones enteras y de la propia humanidad” (Documento Aparecida 471).
3. Desde esta perspectiva constatamos cómo, en nombre de un sesgado concepto de desarrollo, el Estado permite la deforestación de grandes extensiones de bosques primarios a favor de empresas nacionales y transnacionales para la inversión en plantaciones aceiteras, caña de azúcar y otros.
4. Para nadie es desconocida la contaminación de los ríos con el plomo y otros metales pesados y sustancias tóxicas como efecto de una actividad minera (formal e informal) y la extracción de petróleo, de manera irresponsable. Somos testigos, además, de la tala indiscriminada de la madera sin ningún tipo de control.
5. Podemos afirmar que no se atiende el clamor de las poblaciones indígenas y ribereñas que desean un desarrollo integral, desconociendo el Estado el uso y ocupación de esas tierras por generaciones. En la práctica no se ha tomado en cuenta el derecho de los pueblos amazónicos a ser escuchados, como lo indica la Constitución Política del Estado y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos entre los que se encuentran el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En el Informe de la Comisión de Expertos de Aplicación de Convenios de la OIT, publicado en febrero del 2009 se insta al Gobierno Peruano a avanzar de inmediato en el diseño de mecanismos apropiados de participación de los pueblos indígenas y lo exhorta a consultarles antes de la adopción de medidas que los afecten directa o indirectamente.
6. Debemos expresar que “la Iglesia… valora especialmente a los indígenas por su respeto a la naturaleza y el amor a la madre tierra como fuente de alimento, casa común y altar del compartir humano” (Documento Aparecida 472).
7. Acontecimientos como el que estamos viviendo actualmente en la Amazonía nos expresan la pretensión de disponer, de manera inhumana y cruel, de las posesiones de las poblaciones ribereñas y amazónicas por no tener, en su propio País, el amparo legal necesario para defender sus justos reclamos. De esta manera se les condena al desarraigo de sus tierras y a ser asalariados en la siembra de la caña de azúcar, la palma aceitera y en las explotaciones mineras y de hidrocarburos.
8. Las normas legales que el Estado ha promulgado en el 2008 (especialmente dos Leyes y siete Decretos Legislativos) no aportan al desarrollo integral de la población amazónica. Por el contrario surgen serias amenazas de mayor pobreza en la región.
9. No queremos violencia, por eso instamos al Gobierno y al Congreso muestren intenciones de dialogar y buscar soluciones justas y pacificas a la problemática que vienen enfrentando los pueblos amazónicos para no llevarlos a la desesperación que pueda incrementar los conflictos sociales.
10. Invocamos a los medios de comunicación social a que cumplan con su rol de brindar información veraz a la opinión pública, contribuyendo al derecho que tienen los ciudadanos de estar informados de los sucesos en la Amazonía Peruana.
11. Ante este delicado panorama invocamos al Señor Presidente Constitucional y al Congreso de la República la derogatoria de dichos dispositivos legales y contribuya a la formulación de nuevas normas con la participación de las poblaciones indígenas. Así mismo invocamos a estas poblaciones amazónicas y a sus líderes a unirse para buscar juntos el Bien Común. Consideramos necesaria una Mesa de auténtico Diálogo conformada por todos los actores sociales para la solución pacífica y armoniosa del conflicto creado.
A manera de conclusión, reafirmamos con los Obispos de América Latina, la necesidad de “buscar un modelo de desarrollo alternativo, integral y solidario, basado en una ética que incluya la responsabilidad por una auténtica ecología humana y natural, que se fundamente en el Evangelio de la justicia, la solidaridad y en el destino universal de los bienes…” (Documento de Aparecida 474c).

5 de mayo del 2009
Mons. José Luis Astigarraga, C.P.
Obispo del Vicariato de Yurimaguas
Mons. Alberto Campos, O.F.M.
Obispo del Vicariato de San José de Amazonas
Mons. Rafael Escudero López-Brea.
Obispo Prelado de Moyobamba
Mons. Gaetano Galbusera, S.D.B.
Obispo del Vicariato de Pucallpa
Mons. Santiago García de la Rasilla, S..J.
Obispo del Vicariato de Jaén
Mons. Julián García, O.S.A.
Obispo del Vicariato de Iquitos
Mons. Francisco González, O.P.
Obispo del Vicariato de Puerto Maldonado
Mons. Juan Tomás Oliver, O.F.M.
Obispo del Vicariato de Requena
Mons. Gerardo Zerdin, O.F.M.
Obispo del Vicariato de San Ramón

lunes, 8 de junio de 2009

Como crear las condiciones para las matanzas de hoy

En este artículo del año pasado publicado en la República, se aprecia claramente el menosprecio del gobierno de Alan García por derechos de los pueblos indígenas.

2008/08/18

Artículo de opinión: buen romance. Protesta indígena, trovadores criollos

Reyna, Carlos

¿Qué pasaría si el gobierno decreta que todas las casas y áreas comunes de las manzanas de San Isidro pueden venderse o arrendarse a terceros a condición de que lo decida apenas la mitad de los propietarios de la manzana?

Todo San Isidro se declararía en pie de guerra. Se invocaría mil veces a la Constitución. Medios y comunicadores se convertirían en monolítico portavoz de los afligidos vecinos. Estos tomarían calles y plazas hasta que se derogase tal sacrilegio contra la propiedad privada. El moqueguazo quedaría chico.

La medida no duraría un solo día. La solidaridad criolla funcionaría automáticamente, disparando todos sus resortes sobre el Congreso, el Presidente y todo el sistema judicial. Estos la anularían rapidito, con la presteza de un mozo que sirve un pisco sour en el bar del Swissotel.

Claro que esto es pura ficción. Lo que es real es el decreto legislativo 1015 respecto a los territorios de las comunidades nativas. Dice que basta el voto a favor de la mitad de los comuneros para que se vendan o arrienden las tierras comunales. Se dio en mayo y se modificó ligeramente en junio. Forma parte de un paquete de decretos orientados a imponer sobre las comunidades y sus recursos colectivos la lógica de la inversión privada.

Apenas se dieron el 1015 y los otros decretos, las organizaciones indígenas expresaron su rechazo. Con los textos en la mano demostraron que su dación ha ido en contra de la Constitución y del convenio 169 de la OIT, suscrito por el Perú. Anunciaron acciones si no se derogaban los decretos transgresores. La Defensoría del Pueblo legitimó aún más su demanda con un recurso en contra del 1015 ante el Tribunal Constitucional. Algunos congresistas y diversas entidades también pidieron su derogatoria.

Como este es un asunto que afecta a indígenas, y en el Ejecutivo y el Legislativo predominan criollos y acriollados, ambos poderes han mirado a otro lado. AIDESEP, la principal organización indígena, tuvo que iniciar sus acciones de protesta el 9 de agosto. Recién el 15 de agosto el Ejecutivo se sentó a dialogar y envió al flamante ministro de Ambiente.

Pero el Sr. Brack Egg fue a entonar valsecitos criollos a los líderes indígenas. Que el 1015 no dependía del Ejecutivo sino del Congreso, que esperen al Tribunal Constitucional, que una comisión aquí y otra allá. Los dirigentes se levantaron. Pidieron diálogo en serio, no guitarra ni tundete.

AIDESEP, todas sus organizaciones regionales, esperan en Datem del Marañón. No quieren violencia, porque la han padecido. Cuidan sus términos. No se declaran en pie de lucha, sino "en pie de protesta". No es sublevación, señores de El Comercio, solo es defensa de derechos, de sus territorios. Cuánto cuesta entender a nuestros trovadores criollos que la tierra es negocio para un banco y la vida misma para las comunidades indígenas.

FUENTE: La República

Mas información en:

http://www.cajpe.org.pe/gobernabilidad/articulos_de_opinion.htm#dos

Perú: ¿Quién viola el Estado de Derecho, el gobierno o los pueblos amazónicos?

Por el Instituto de Defensa Legal (IDL)-Justicia

En las últimas semanas, líderes del gobierno han acusado a los pueblos indígenas amazónicos de haber iniciado una huelga y haber recurrido a la violencia en sus reclamos, de ir contra el desarrollo y los intereses del país, todo ello al proponer los mismos la derogatoria de los decretos legislativos expedidos por el gobierno que afectan sus intereses.

Al margen del desacertado llamado de insurgencia (rápidamente rectificado), el equipo profesional de IDL-Justicia considera que los decretos en cuestión son inconstitucionales por no haber sido promulgados respetando el derecho fundamental a la consulta de los pueblos indígenas y, por lo tanto, son el gobierno y el Congreso quienes afectan el Estado de Derecho al promover normas de cómo esta, conforme a los fundamentos siguientes:

1. El derecho a la consulta forma parte del ordenamiento peruano. El artículo 6, inciso 1 letra a del Convenio 169 de la OIT, aprobado e incorporado a la legislación nacional mediante resolución legislativa Nº 26253, publicada el 2/12/93, señala con claridad la obligación del Estado de

“consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente“.

Agrega en el inciso 2 de dicha disposición que

“Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas“.

Además, el Convenio 169 reconoce otros derechos a los pueblos indígenas como el derecho a la integridad cultural, a la participación, a decidir sus prioridades de desarrollo y controlar en lo posible el mismo (Derecho a la libre determinación), al mejoramiento de sus condiciones de vida como prioridad de los planes y proyectos de desarrollo, a participar en los beneficios de la explotación en tanto se den, a la autonomía, al uso de las tierras, etc.

2. El derecho a la consulta tiene rango constitucional y vincula a todos los poderes del Estado. De conformidad a la Cuarta Disposición Final de la Constitución, el Tribunal Constitucional ha señalado que los tratados de derechos humanos tiene rango constitucional (STC Nº 00025-2005-PI/TC y Nº 00026-2005-PI/TC acumulados, f.j. 25).

Este rango constitucional ha sido reconocido al Convenio 169 de la OIT (STC Nº 03343-2007-PA/TC, f. j. 31.), reconociendo en sede jurisprudencial de forma explícita, el derecho a la consulta. De esta forma el Convenio 169, y todos los derechos que reconoce, conforman el Bloque de Constitucionalidad.

3. Los Decretos promulgados por el gobierno, cuya derogatoria reclaman los pueblos amazónicos no fueron consultados en respeto al mandato constitucional vigente. Se trata de los 8 decretos legislativos en el marco de la delegación de facultades realizada por el Congreso a través de la Ley 29157. Nos referimos a los Decretos Legislativos 994 (modificado por el DL 1064), 1081, 1015 (modificado por el DL 1073), 1064, 1079, 1089, 1090 y el 1085. Estos decretos, independientemente que sus contenidos sean convenientes para el país, NUNCA fueron consultados, tal como lo exige el Convenio 169 de la OIT.

4. El gobierno y el Congreso han vulnerado la Constitución al desconocer el derecho a la consulta. El gobierno ha incumplido lo establecido en el artículo 118 inciso 1 que señala que es obligación del Presidente de la República “Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales”.

De igual manera, el Congreso ha violado el artículo 102 inciso 2 que establece como obligación del Estado “Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores”.

Si bien ambos tiene la facultad de libre configuración de las leyes y de los decretos legislativos, no se trata de un poder ilimitado, ellos no pueden desconocer la Constitución y los derechos fundamentales, supuesto en el cual se incurriría en un vicio sustancial de nulidad. El artículo 45 de la Constitución, que señala que

“El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen“.

5. No se niega el derecho a la libre empresa de los inversionistas, pero se deben armonizar los bienes jurídicos constitucionales en cuestión. La Constitución y el ordenamiento jurídico, no solo reconocen los derechos de los pueblos indígenas sobre su territorio, también reconocen el derecho de libre empresa de los inversionistas, así como la obligación del Estado de garantizar y procurar una explotación de los recursos naturales sostenible.

Estamos ante bienes jurídicos constitucionales dignos todos ellos de protección en este caso, los cuales deben ser armonizados a través de una adecuada ponderación, y recurriendo al principio de proporcionalidad. Es decir, el gobierno peruano no solo debe proteger los intereses del gran capital, también debe preocuparse por garantizar los derechos de los pueblos indígenas.

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APCI interviene AIDESEP intempestivamente

Autor(a): Juan Carlos Ruiz Molleda
Perú
04-06-2009


En momentos en que continúa el paro de los pueblos amazónicos contra los decretos legislativos Nº 994, 1081, 1064, 1079, 1089, 1090 y 1085 que violan los derechos colectivos de los pueblos indígenas, y que el Congreso viene dilatando la revisión y derogatoria de los mismos, el pasado 3 de junio un equipo de funcionarios de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) ingresó a las oficinas de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), con el objetivo de realizar una inspección de fiscalización y supervisión. Según información proporcionada por la misma AIDESEP, esta inspección les fue avisada el 28 de mayo pasado.

Si bien APCI tiene la facultad de realizar investigaciones para cautelar el buen uso de los fondos, de la Cooperación Internacional, el ejercicio de esta facultad no puede violar ni amenazar el normal funcionamiento de las ONG´s, ni directa ni indirectamente. En el presente caso, resulta por demás evidente que lo que se busca es amedrentar e intimidar a una institución que viene realizando un trabajo en ejercicio de derechos constitucionales.

Es más, durante la audiencia temática de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizada el 23 de octubre del año 2008, durante el 133º periodo de sesiones de la CIDH en Washington D.C., el Estado peruano señaló que los “criterios de fiscalización [de las ONG’s] son objetivos”. Indicó que “se fiscaliza por proyectos y no a toda la institución”. Agregó que el modo de elección de las entidades que serán fiscalizadas “son bajo el criterio de cuáles son las entidades que reciben mayor cantidad de fondos”, y que el “plan de fiscalización es a inicios del año”, y no de forma arbitraria. En tal sentido, el Estado debe explicar las razones objetivas de esta fiscalización, justo en momentos en que los pueblos amazónicos continúan en su lucha.

De no existir una razón objetiva que sustente esta “intempestiva” inspección, ésta constituirá una manifiesta amenaza a un conjunto de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, entre los cuales destaca la libertad de asociación, el derecho a la participación en la vida política, económica, social y cultural de la nación, el derecho a la libertad de contratación, el derecho a la igualdad, entre otros.

Obviamente, nadie se opone a la transparencia en el trabajo que realizan las ONG´s. Sin embargo, debemos precisar que estas organizaciones no trabajan en la clandestinidad, sin control o fiscalización alguna. Son fiscalizadas, en primer lugar, por los donantes, quienes revisan que sus aportes sean utilizados en forma transparente y eficiente. Asimismo, deben inscribirse en Registros Públicos y aportar un conjunto de información su estructura y funcionamiento interno. Se debe dar información al Ministerio de Trabajo en relación con las obligaciones laborales y provisionales de los trabajadores. Pagan impuestos a la SUNAT y, por ende, también son fiscalizados por ésta. Y finalmente, son los propios beneficiarios quienes vigilan la ejecución del proyecto.

De otro lado, debemos señalar que los pueblos indígenas no están pidiendo nada que afecte el Estado de Derecho. Todo lo contrario. Ellos demandan la derogatoria de un paquete de estos decretos legislativos que han sido expedidos en clara violación del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, derechos que según el Tribunal Constitucional tiene rango constitucional (STC Nº 03343-2007-PA/TC, f. j. 31.) como todo tratado de derechos humanos (STC Nº 00025-2005-PI/TC y Nº 00026-2005-PI/TC acumulados, f.j. 25). Quien estaría violando el Estado de Derecho es el gobierno, al desconocer derechos de rango constitucional a través de decretos legislativos, olvidando que los derechos constitucionales son límites materiales de la facultad legislativa del Congreso y del Poder Ejecutivo.

Asimismo, debemos de señalar, que no estamos ante una institución improvisada. Estamos ante una organización que ha sido reconocida por su trabajo. En efecto, AIDESEP o alguno de sus programas o filiales, ganaron premios como el AntiSlavery (por combatir la esclavitud generada por los madereros en Atalaya), el Bartolomé de Las Casas y el Andrés Bello (por haber instituido FORMABIAP, un programa de formación de profesorado bilingüe e intercultural modélico para América) y otra vez el Bartolomé de Las Casas (para la FENAMAD de Madre de Dios, por su defensa del medio ambiente frente a la extracción petrolera irregular). Sus representantes, tildados por el gobierno y por un sector de la prensa como personajes antidemocráticos, han obtenido premios como el Goldman en dos ocasiones (por la defensa del medio ambiente) o el Right Livelihood Award - “Premio Nobel Alternativo” (del Parlamento sueco, por su contribución al desarrollo y defensa de los derechos humanos).

Antes que sancionar penalmente las protestas y procesar a sus dirigentes, el gobierno debería comenzar por respetar los derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Es más, debería sancionarse a aquellos funcionarios y congresistas que aprobaron esta norma, tal como lo dispone el propio artículo 18 del Convenio 169 de la OIT que señala “La ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones”.

Conviene que nos preguntemos: ¿quiénes están violando el Estado de Derecho, los pueblos indígenas o el gobierno? El gobierno y el Congreso no pueden olvidar que “El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen” (art. 45 de la Constitución), y que “Son deberes primordiales del Estado […] garantizar la plena vigencia de los derechos humanos” (artículo 44 de la Constitución). Invocamos al gobierno a que medite y reflexione sobre la forma como viene conduciendo este conflicto, la forma como viene atendiendo las demandas constitucionales de los pueblos indígenas. Invocamos, además, a comprender que la solución de todo conflicto debe realizarse en el marco del respeto de los derechos fundamentales.

Es hora de pronunciarnos

El Grito Amazónico nos convoca


(*) Javier Aramayo Caballero


Con profunda consternación e indignación recibimos la masacre producida hoy en Perú. El asedio sobre la amazonía se hace presente con furibunda intensidad, como si cual rapiña tozudez pretenda doblegar al grito amazónico que solo busca vivir en paz, en armonía con la naturaleza, desparramando la cultura de la vida y de la esperanza.


La masacre de Baguá, donde irrumpen fuerzas de represión del gobierno de Alan García, es sin duda una expresión entre tantas otras puestas de manifiesto sobre la integridad del territorio amazónico del continente. Baguá debe traducirse en unidad de los pueblos. Es hora de pronunciarnos; El Grito Amazónico nos convoca.


Más allá de las fronteras debemos comprender que la amazonía es una sola, que la unidad amazónica también lo es, que las divisiones fronterizas de países sean ficticias para el propio derecho internacional, como premisa elemental del derecho humano, cuando se trata de dar paso a las raíces y las culturas que nos unen a los pueblos amazónicos.


Aquella amazonía contada para saquearla, para embargarla y privatizarla, la amazonía danzando a los ritmos de la globalización mundial controlada por entes corporativos y políticas de privilegios, es en verdad la interpelada por los indígenas del continente y los pueblos del mundo.


El siglo XXI debe ser el siglo de la emergencia del alma amazónica, legítima, profunda y verdadera que se reconstruye, se rearticula y fortalece su identidad proponiendo modelos alternativos de desarrollo, encarnando nuevos paradigmas de convivencia humana.


La política mundial, el modelo hegemónico desarrollista que camina al colapso del planeta y la vida, debe irremediablemente reconducirse drásticamente, como señal histórica del reencuentro con el presente que igualmente será herencia digna a las futuras generaciones.


(*) Investigador CEJIS. Abogado. Miembro de la Red Transfronteriza de Defensa de los Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas.

Santa Cruz-Bolivia, 06-Junio-2009.

javier_aramayo_ bo@hotmail. com

Masacre de Baguá - PERU

CONTRA EL GENOCIDIO EN LA AMAZONÍA PERUANA Y LA LEY HITLERIANA DE LA CÁMARA DE DIPÙTADOS DE ITALIA


Todos, absolutamente todos los americanos del sur y del norte, los humanistas de Europa, deben elevar la voz de la indignación ante este genocidio en la amazonía peruana, similar al que ocurrió en El Porvenir de Pando, Bolivia, cuando la derecha oligárquica terrateniente de la Prefectura acribilló a inocentes campesino indígenas que trataban de salvar la vida por el río Tamahuango. Ahora sucede lo mismo pero con terrorismo de Estado del gobierno más neoliberal del Abya Yala, Alan García, sirviente de EEUU y la Europa colonizadores.


Envío un archivo sobre la ley aprobada por los diputados fascistas de Italia contra nuestros inmigrantes latinoamericanos. Se creyeron en plena II Guerra Mundial apoyados y aliados de Hitler, quieren asesinar y renovar su Auschwitz, su Treblinka en la dulce Italia; aprisionar a ciudadanos indefensos como hicieron con los gitanos, judíos, comunistas y discapacitados europeos en 1940 a 1945.


El H. Senado de Bolivia reaccionó pronta y virilmente enviando una Declaración por la dignidad de los inmigrantes latinoamericanos.


Que el pacifismo venga entero, no más genocidios de originarios por defender sus tierras y los recursos naturales de nuestra Madre Tierra, la Pachamama bendita; no más asesinatos impunes, no más campos de concentración para indocumentados, no más multas ni xenofobia racista contra nuestros compatriotas americanos.


Por ambos motivos debemos juntar todas las voluntades y lanzar el grito al cielo; amenacemos, aullemos como lobos e intimidemos a la maldad uniformada de la muerte, en la amazonía peruana y en la Italia de Mussolini avergonzada.

¡Huañuchun terrorismo de Estado en el Pêrú!

¡Huañuchun diputados italianos fascistas hitlerianos!


Gastón Cornejo Bascopé

SENADOR DEL MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

Cochabamba, junio - 2009




Masacre de Baguá - PERU

Genocidio Peruano y Derecho Penal Internacional

Genocidio Peruano y Derecho Penal Internacional

Bartolomé Clavero
Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas

Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, artículo 2 (y Estatuto de la Corte Penal Internacional, art. 6): “En la presente Convención (A los efectos del presente Estatuto), se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: (…) c. Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial”. ¿Qué interpretación hace falta para concluir que el Gobierno de la República del Perú no es exactamente que haya cometido genocidio con la masacre del 5 de junio de 2009, sino que lo viene cometiendo desde antes con su política empecinada contra los pueblos indígenas de la zona amazónica? ¿Cómo es entonces, si la conclusión resulta tan clara a la luz del derecho penal internacional, que ninguno de los mecanismos internacionales de prevención del genocidio haya dado antes del cinco de junio la voz de alarma sobre la comisión de genocidio y todavía hoy, tras dicho día, no se produzca la imputación?

En materia de genocidio, el derecho peruano se conforma al derecho internacional. El Código Penal del Perú recoge la tipificación internacional del delito de genocidio, con lo que puede sustanciarse las correspondientes acusaciones ante la justicia peruana. Perú tiene ratificados tanto la Convención sobre el Genocidio como el Estatuto de la Corte Penal Internacional, el cual por su parte dispone que la fiscalía “podrá iniciar de oficio una investigación sobre la base de información acerca de un crimen de la competencia de la Corte” (art. 15.1), información que puede llegar por cualquier vía, incluso, por supuesto, la de los media o la de internet, en cuyo caso el podrá cabe que se convierta en deberá. Hay otras posibilidades normalmente más improbables de que un caso llegue ante la jurisdicción penal internacional, como que un Estado parte presente formalmente la acusación contra otro. Conviene entonces recordar que, por ejemplo, Bolivia también tiene ratificado el Estatuto de la Corte y que su Constitución marca como objetivo de la política internacional “el respeto a los derechos de los pueblos indígenas originarios campesinos” (art. 255.II.4). Hay aquí también un puede que cabe entender como debe.

Si se acusa de genocidio a particulares, la Corte Penal Internacional es la jurisdicción internacional competente. Si la acusación se dirige contra un Estado, lo es en cambio la Corte Internacional de Justicia. En ésta no hay una fiscalía que pueda actuar de oficio, pero procede igualmente la acusación entre Estados (arts. 8 y 9 de la Convención sobre el Genocidio frente a su art. 6). Y nada impide que se pueda acusar a personas ante la Corte Penal Internacional y al Estado ante la Corte Internacional de Justicia por un mismo caso de genocidio, como por ejemplo el peruano. Con tantas posibilidades, ¿cómo es que existe una reluctancia tan generalizada a activar alguno o todos estos mecanismos ante casos tan graves como son todos los de genocidio?

Precisamente por efecto de la gravedad, aunque parezca y sea paradójico. El mismo agravamiento extremo del delito de genocidio como crimen de lesa humanidad ha conducido a inoperativizarlo prácticamente. El único caso de genocidio de Estado que se ha residenciado ante la Corte Internacional de Justicia, el caso yugoslavo, fue sometido a tales exigencias de prueba de la intención genocida que, contra toda evidencia, no se condenó a Serbia-Montenegro por el genocidio cometido contra Bosnia-Herzegovina. Contra la letra de la Convención, se partió de una concepción estrechísima del genocidio como crimen de sangre, sin la debida atención a las políticas genocidas no sangrientas previas, que condujo a la exigencia de prueba prácticamente imposible de la determinación asesina por parte de órganos estatales supremos. Así judicialmente se neutraliza la tipificación internacional del delito de genocidio de Estado.

La idea estrecha de genocidio no sólo es judicial, sino también popular. Pese a los términos más amplios de la Convención sobre el genocidio, la idea que popularmente se ha impuesto sobre el mismo es la de sistemática matanza masiva y punto. Para casos menos o nada sangrientos, se habla de masacre y de etnocidio respectivamente, lo que es poco operativo pues ni la una ni el otro constituyen supuestos tipificados como delitos por el derecho internacional. Para las políticas genocidas no sangrientas, también se habla de genocidio cultural, con lo cual, como tampoco está contemplado en cuanto tal por el derecho penal internacional, es el adjetivo el que puede neutralizar al sustantivo. Hubo un intento, que no prosperó, de considerar el “etnocidio o genocidio cultural” por la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En fin, el genocidio es genocidio, sea sangriento, poco o mucho, o no sangriento. La colación y difusión de otros términos no sólo confunde, sino que también dificulta la prevención e impide la sanción.

A todo esto se suma que en la comunidad internacional se entiende como una ofensa la misma imputación de genocidio por muchas evidencias que se tengan. Se teme la reacción de los Estados imputados frente a la mera sospecha. La hostilidad frente a las imputaciones es por supuesto un arma de defensa de los Estados genocidas. Imaginemos la reacción del Gobierno peruano si el boliviano formalizase una acusación ante la Corte Internacional de Justicia. Funciona así un chantaje que contribuye a la inactivación de los instrumentos sobre genocidio. Es el escenario que ha llevado a que el mandato del Asesor Especial del Secretario General de Naciones Unidas para la Prevención del Genocidio no le permita calificar ningún hecho como tal y que, en el desempeño de su función, acciones que por sí, según la Convención sobre el Genocidio, ya pueden calificarse de genocidas, como las que se están produciendo en el Perú, sean tomadas tan sólo como signos de alarma de la posibilidad de que pueda cometerse eventualmente un genocidio.

¿De qué nos sirve una Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, no sólo para su prevención, sino también para su sanción; una Corte Internacional de Justicia; una Corte Penal Internacional, y Códigos Penales de Estado si la forma y el grado como tipifican el genocidio entraña que la imputación y el castigo se hagan poco menos que imposibles? Naturalmente que la solución de la paradoja no reside en la penalización más leve o en la discriminalización del genocidio, sino en el cumplimiento de las previsiones de las normas penales tanto internacionales como nacionales. En otro caso, lo que tenemos, lo que fomentamos, es la simple impunidad con la coartada de las mismas normas inoperantes. ¿Va a ocurrir esto ahora en el Perú?